La reforma del proceso penal santafesino transformó la organización de la justicia, pero su aplicación cotidiana todavía genera controversias. La duración de las investigaciones, el alcance de la prisión preventiva y el predominio de los juicios abreviados son algunos de los puntos que concentran las discusiones entre los operadores judiciales.
Esos debates constituyen el eje de Debates actuales del proceso penal santafesino, el nuevo libro del abogado penalista y docente universitario Néstor Oroño, editado por Librería Cívica. La obra parte de la experiencia profesional para examinar problemas concretos de la práctica judicial y plantear interrogantes sobre el equilibrio entre la eficacia de la persecución penal y las garantías de quienes atraviesan un proceso.
La presentación será este jueves 15 de octubre, a las 18, en el Salón Parera del Colegio de Abogados de Santa Fe, ubicado en 3 de Febrero 2761. La actividad incluirá un conversatorio titulado “Perspectivas del derecho y de la justicia frente a los nuevos desafíos”, con la participación de la procuradora adjunta del Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos, Cecilia Goyeneche; el vicepresidente de la institución anfitriona, Andrés Abramovich y el juez de Ejecución Civil de Santa Fe, José I. Pastore. La periodista de CyD Litoral María José Ramón moderará el encuentro.
Oroño anticipa los principales planteos del libro, cuestiona el uso de las medidas cautelares y analiza las contradicciones que advierte entre las garantías reconocidas por la Constitución y los tratados internacionales y algunas tendencias de la legislación penal.
“Uso excesivo de la preventiva”
—¿De qué se trata el libro y qué encontrará el profesional en esta nueva publicación?
—Como digo en el prólogo, el proceso de reforma de la legislación procesal santafesina ha sido bastante largo y complejo porque, sobre todo desde el punto de vista cultural, implicó un cambio paradigmático. En ese trayecto hubo marchas y contramarchas. Advertimos insuficiencias en algunas normas y, en otros casos, disposiciones que no son suficientemente claras y generan debates o situaciones que quizás no estén contempladas adecuadamente.
Esto hizo que, sobre cuestiones vinculadas con los trámites y la operatividad cotidiana, surgieran distintos puntos de vista y criterios jurisprudenciales. Es eso fundamentalmente lo que abordo: voy desde la praxis hacia la teoría, desde la observación empírica de cómo funciona el sistema para tratar de aportar una mirada diferente. Son cuestiones fundamentalmente prácticas.
—¿Cuáles son los problemas que considera más relevantes?
—Uno es determinar a partir de qué momento se adquiere la calidad de imputado. Es importante establecer cuándo una persona señalada como posible autora o partícipe de un delito puede ejercer plenamente su derecho de defensa, con la asistencia técnica correspondiente. Sobre eso no hay un criterio pacífico.
Otro tema es que nuestro código no fija expresamente un plazo para el desarrollo de la investigación penal preparatoria. Otros códigos procesales establecen plazos, a veces muy breves. La ausencia de ese límite hace que muchas investigaciones se prolonguen demasiado, con la incertidumbre que eso genera para quienes son perseguidos penalmente.
Hay casos que llegan a juicio después de cuatro o cinco años de investigación. Entiendo que, a partir de una interpretación armónica de las normas, existe un plazo de diez meses para que el fiscal desarrolle la investigación y que su incumplimiento puede producir consecuencias sobre sus facultades y también en materia cautelar.
—También cuestiona que la audiencia imputativa sea considerada un acto meramente informativo. ¿Por qué?
—Entiendo que en esa audiencia se puede abrir la discusión a otras cuestiones importantes, como el tenor de la imputación y la calificación legal de los hechos. Eso puede producir efectos muy importantes en el futuro de la causa.
Según cómo se formule la imputación, puede evaluarse la aplicación de un criterio de oportunidad o la posibilidad de encauzar el caso por vías distintas de las tradicionales, sin que necesariamente se abra una discusión sobre medidas cautelares. Últimamente observo cierta apertura para que en la audiencia imputativa se discuta la calificación legal y no se la considere solamente informativa.
—Uno de los ejes más críticos del libro es el uso de la prisión preventiva y los juicios abreviados. ¿Qué observa en la práctica?
—Creo que hay coincidencia entre los operadores del sistema en que existe un uso excesivo de la prisión preventiva y de los juicios abreviados. Las estadísticas que incorporo al libro son un reflejo de esa situación.
También observo un fenómeno tangible y constante: la formulación de imputaciones claramente sobredimensionadas con el objetivo de obtener la prisión preventiva y que luego, como resultado, se llegue a un juicio abreviado.
Prácticamente el 90% de las causas se resuelve mediante juicios abreviados y solamente el 10% llega a juicio oral. Por supuesto que ningún sistema procesal del mundo puede llevar a juicio oral y público la mayoría de los casos, pero creo que estas cifras muestran una realidad que venimos observando y criticando.
A eso se suma el crecimiento de la población encarcelada en Santa Fe. Desde la entrada en vigencia del sistema, en febrero de 2014, pasó de unas 4.500 personas a alrededor de 13.000. Prácticamente la mitad está presa sin condena. Esto habla de un uso, si no abusivo, al menos excesivo de la prisión preventiva.
Seguridad y garantías constitucionales
—¿Cómo se relacionan estos problemas con las políticas de seguridad que se impulsan actualmente?
—Veo una clara contradicción entre los tratados internacionales y las constituciones, que amplían notablemente el catálogo de derechos y garantías, y algunas legislaciones comunes, tanto de fondo como procesales, que avanzan en sentido contrario y restringen esos derechos.
Es un fenómeno que se observa en Santa Fe, a nivel nacional y también en otros países. Hay una tendencia hacia políticas de seguridad más severas. El ejemplo más paradigmático es el régimen de Nayib Bukele en El Salvador. No lo planteo como una valoración partidaria, sino como parte de un fenómeno que merece ser analizado.
La propia Constitución santafesina reconoce ampliamente los derechos que surgen de los tratados internacionales y de la Constitución nacional. Sin embargo, cuando uno observa determinadas reformas legislativas, advierte una orientación que muchas veces va en sentido inverso.
—¿Qué cambios institucionales considera necesarios para abordar estos desafíos?
—Creo que sería importante institucionalizar en Santa Fe un órgano de política criminal en el que interactúen distintos actores vinculados con la administración de justicia, el sistema de seguridad y también la sociedad civil.
La provincia es muy heterogénea y la realidad del delito es diferente en cada circunscripción. No es lo mismo Rosario que Reconquista, Santa Fe o Tostado. Por eso sería importante contar con un ámbito donde puedan trazarse lineamientos de política criminal que vayan más allá de la mera persecución penal.
—¿Qué otros temas incorpora en el libro?
—Abordo las posibilidades de reparación del daño dentro del proceso penal, el control de razonabilidad del dictamen fiscal cuando se resuelve una suspensión del juicio a prueba y el nuevo régimen de reincidencia establecido por la Ley 27.785. Si bien este último es un tema de derecho de fondo, tiene impacto en la operatividad diaria del sistema penal.
Son cuestiones que surgen de la práctica y sobre las que considero necesario seguir discutiendo. El libro no pretende clausurar debates, sino aportar un punto de vista y contribuir a que esos problemas sean examinados con mayor profundidad.
Gentileza El Litoral