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Camionero condenado por intentar coimear a un gendarme para pasar coca por Santa Fe

El Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó a un camionero jujeño que intentó sobornar a un gendarme durante un control vehicular en la Ruta Provincial N° 4, a la altura del paraje La Pelada, con el objetivo de evitar ser detenido con casi 17 kilos de hojas de coca en su poder. El hecho ocurrió en abril de 2018 y la sentencia fue dictada el pasado 22 de agosto.

El condenado, Edgardo Santos Sajama, de 38 años y domiciliado en la localidad de Lozano (Jujuy), fue hallado culpable de los delitos de encubrimiento de contrabando y cohecho activo, en concurso real. La pena impuesta fue de un año de prisión de ejecución condicional, además de una inhabilitación especial para ejercer el comercio por seis meses.

El fallo fue dictado por el juez Ricardo Moisés Vázquez, quien homologó el acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal auxiliar Nicolás Sacco, con el consentimiento de la defensora pública oficial Mariana Rivero y Hornos y el propio imputado.

Intento de soborno

El episodio que derivó en la condena ocurrió el 2 de abril de 2018, cuando personal del Escuadrón de Seguridad Vial “San Justo” de Gendarmería Nacional detuvo la marcha de un camión Scania con acoplado que transitaba por la Ruta 4, en el departamento Las Colonias.

Al inspeccionar el vehículo, los gendarmes detectaron un fuerte olor proveniente de la cabina y descubrieron una bolsa de arpillera azul con 34 paquetes de hojas de coca en estado natural, con un peso total de 16,960 kilogramos.

Fue entonces cuando Sajama, según consta en la causa, se dirigió a uno de los uniformados y le ofreció dinero para evitar el procedimiento: “Podemos arreglar jefe, tengo dos mil pesos para usted”, dijo. La tentativa de soborno fue rechazada, y se procedió a su detención, el secuestro de la mercadería y del rodado.

Encubrimiento de contrabando
En sus fundamentos, el juez Vázquez destacó que si bien la tenencia de hojas de coca para coqueo o infusión no está penada por la ley argentina (según el artículo 15 de la Ley 23.737), la cantidad secuestrada excedía ampliamente lo que podría considerarse para uso personal y no había justificación de su ingreso al país.

Sin embargo, peritajes técnicos indicaron que con los casi 17 kg incautados solo podría haberse producido una cantidad mínima de clorhidrato de cocaína (alrededor de 85 gramos), lo que llevó al tribunal a descartar un destino vinculado a la producción de estupefacientes.

Así y coincidiendo con la postura fiscal, concluyó que la conducta de Sajama encuadraba en el delito de encubrimiento de contrabando, debido a que las hojas de coca son consideradas mercadería de origen extranjero y su ingreso no estaba debidamente justificado. Asimismo, el intento de soborno fue considerado cohecho activo.

Pena en suspenso

La pena impuesta fue de un año de prisión, cuyo cumplimiento fue dejado en suspenso, y seis meses de inhabilitación para ejercer el comercio. Además, el camionero deberá cumplir con reglas de conducta como fijar residencia y someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, bajo la supervisión del juez de Ejecución.

El camión y el acoplado secuestrados durante el operativo fueron entregados a su propietario en carácter de depósito judicial.

Con esta sentencia, el Tribunal dio por concluido un proceso que, si bien se originó en una práctica habitual en algunas regiones del país –el coqueo–, terminó con una condena judicial por delitos que afectan el control aduanero y la integridad de la función pública.

Juliano Salierno El Litoral