Con motivo de la conmemoración del Día del Empleado de Comercio —establecida a nivel nacional por la Ley 26.541—, el Centro Comercial, la Cámara de Supermercados y el gremio mercantil acordaron trasladar la jornada festiva del sábado 26 al lunes 28 de septiembre.
La medida, homologada ante el Ministerio de Trabajo, busca garantizar el descanso de los trabajadores sin perjudicar el ritmo económico del fin de semana. Al respecto, Edgardo Coria, subsecretario adjunto del CUEC, explicó que las partes dispusieron que sea «el último lunes del mes de septiembre para no entorpecer la actividad económica».
Derechos laborales y alcance de la medida
La jornada tendrá pleno carácter de feriado nacional para todos los empleados encuadrados bajo los convenios colectivos del sector, equiparando sus efectos a un feriado dominical. Desde la conducción sindical remarcaron la importancia de este beneficio, recordando que los trabajadores mercantiles suelen cumplir funciones de manera habitual los fines de semana.
¿Quiénes abren y quiénes descansan?
De acuerdo con la normativa vigente, la restricción de apertura rige exclusivamente para el personal en relación de dependencia. Por este motivo, los locales atendidos por sus propios dueños estarán habilitados para abrir y trabajar con normalidad durante el lunes.
En contraste, las grandes superficies comerciales se alinearán estrictamente a la medida:
Supermercados e hipermercados: Mantendrán sus puertas cerradas durante toda la jornada.
Centros comerciales y paseos de compras: No habrá atención al público, retomando la actividad habitual recién el día martes.