Se cumple un año del trágico choque ocurrido en la Costanera de la ciudad de Santa Fe, cuando un joven que corría picadas chocó a un matrimonio. La noche del 24 de noviembre del 2024, Marcos Arias y Norma López fueron embestidos a alta velocidad por el automóvil que conducía Valentín Giordano, y fallecieron en el acto.
La investigación judicial determinó que el conductor de 19 años manejaba a una velocidad aproximada de 136 kilómetros por hora mientras corría una carrera ilegal contra otro hombre, Nicolás L., quien también fue imputado.
El matrimonio cruzaba la avenida Almirante Brown junto a su hijo adolescente de 16 años, quien no fue alcanzado por el vehículo, convirtiéndose en el principal testigo de la muerte de sus padres.
La tragedia generó una profunda conmoción, y el proceso judicial causó gran interés público. Primero Giordano quedó en libertad, pero tras una apelación le ordenaron la prisión preventiva, la cual fue confirmada el pasado 28 de marzo. Permanece tras las rejas desde entonces.

Intento de fuga, domicilio falso y auto modificado
La decisión de mantener a Giordano en prisión se sustentó en una serie de evidencias presentadas por la fiscalía que demostraron la existencia del riesgo de fuga y la expectativa de una pena alta. El delito atribuido, un doble “homicidio doloso”, prevé una condena de 8 a 25 años de prisión.
Una de las pruebas más contundentes fue el intento de huida de la escena del crimen. Once testigos dieron cuenta del intento de evasión por parte de Giordano, el cual fue truncado sólo debido a las averías sufridas por su vehículo, un VW Bora. El camarista Roberto Prieu Mántaras enfatizó que no se puede esperar sujeción a medidas alternativas de alguien que intentó escapar de los hechos.
Otro factor decisivo fue el domicilio falso del imputado. Se constató que tanto el DNI de Giordano como el de su padre registraban su domicilio legal en una zona rural de Corrientes, a pesar de que el acusado cursó todos sus estudios en Santa Fe.
Oportunamente, el camarista Fabio Mudry asoció este falseamiento de domicilio con la búsqueda de “impunidad”, indicando que una persona que falsea su documento es razonable pensar que «va a hacer todo lo posible para evitar cumplir con una pena de tanta magnitud».
Además, se rescataron videos del teléfono de Giordano mostrando conducción temeraria a 110 km/h en avenida Aristóbulo del Valle, e incluso uno donde se graba abriendo la puerta del auto en movimiento.
La teoría de la «picada» se fortaleció con informes técnicos que confirmaron que tanto el VW Bora de Giordano como el BMW del coimputado habían sido modificados para correr carreras (reprogramación de la computadora, escape de alto rendimiento, amortiguadores bajados).

Derrotero judicial
El curso del proceso judicial estuvo determinado por la disputa sobre la necesidad de la prisión preventiva. La investigación se encuentra en manos de la fiscal Rosana Marcolín, quien calificó lo ocurrido como un doble “homicidio doloso”, y no “culposos”, como suele suceder en los accidentes de tránsito, ya que consideró que la responsabilidad de Giordano en el hecho fue mayor.
En su momento, la jueza de primera instancia Cecilia Labanca concedió la libertad al imputado bajo medidas alternativas. Esta resolución fue apelada por Marcolín y el querellante Sebastián Oroño, quienes entendían que la decisión carecía de fundamentación suficiente. Fue entonces que la Cámara de Apelaciones tuvo su primera intervención en la causa.
El Dr. Prieu Mántaras declaró la nulidad parcial del fallo excarcelatorio y ordenó la detención inmediata de Giordano. El camarista concluyó que la jueza había omitido explicar las razones por las cuales las alternativas podrían mitigar los riesgos procesales, resultando en una decisión «arbitraria».

La defensa del joven, que en ese momento estaba a cargo de los Dres. Agustín Márquez y Esteban Yossen (actualmente la ejerce el Dr. Juan Pablo Liotta), solicitó posteriormente una apelación horizontal para revocar la prisión o convertirla en domiciliaria. Sin embargo, el camarista Mudry, al revisar la cautelar, confirmó su aplicación.
En esa instancia, el magistrado destacó que en la resolución inicial se observaba un “direccionamiento” hacia la prisión preventiva que sorpresivamente se alteró sin fundamento. La prisión preventiva se impuso por entender que las medidas alternativas no resultaban suficientes para neutralizar el riesgo de fuga.
Ahora, la investigación se encuentra avanzada y sólo resta esperar a que la fiscalía presente su acusación formal contra Giordano y establezca qué pena pedirá en el juicio oral y público.
Gentileza El Litoral